Todo lo que debe saber para que le perdonen las multas por contravenciones de tránsito

Fuente: EL Comercio

Noticia completa: https://www.elcomercio.com/actualidad/ley-remision-multas-contravenciones-ant.html

 

La Ley de Fomento Productivo incluyó el beneficio de la remisión de las multas por no pagar a tiempo las infracciones de tránsito. El incentivo está vigente desde el 21 de agosto pasado e incluye, además, las multas por no estar al día en la matriculación vehicular. El director provincial de la Agencia Nacional de Tránsito (ANT), Juan Pazos, explica las 12 dudas más frecuentes de este proceso: ¿Qué deudas entran en la remisión? ​ Se perdonarán sanciones o multas por el no pago a tiempo de contravenciones o no matriculación vehicular generadas hasta el 2 de abril pasado. Las multas y recargos generados desde el 3 de abril ya no entran en el proceso de remisión. ¿A qué se refieren las multas por no pagar a tiempo las contravenciones? ​ Los conductores tienen 10 días para pagar las contravenciones de tránsito. Si esto no se hace, se genera una multa del 2% por cada mes que no se pague, por lo que no cancelar a tiempo puede ser oneroso. En algunos casos duplican el valor que se debe pagar por infracciones. ¿Qué tipo de contravenciones entran? Las contravenciones sujetas a remisión por parte de la ANT son aquellas generadas por la Policía Nacional; los municipios de Ambato, Loja y Manta; y la Agencia de Movilidad de Cuenca. Son USD 70 millones en multas por no pago de contravenciones y no realización de matriculación a tiempo. ¿Cuáles son las infracciones más comunes que cometen los conductores? ​ No usar el cinturón de seguridad, dejar el vehículo parqueado en un lugar no permitido y desobedecer las disposiciones de la autoridad competente. ¿A qué se refieren los recargos por no matriculación a tiempo? Como conductor yo debo tener mis documentos en regla. Un trámite clave es la matriculación. Si no se cancela a tiempo se generan recargos. ¿Quiénes no han cambiado el dominio del vehículo y tienen multas se acogen a la remisión? ​ Si una persona vende su vehículo, tiene la obligación de terminar el proceso con el respectivo cambio de dominio del vehículo, por lo que, si el nuevo dueño genera infracciones o no matricula a tiempo, quien debe pagar es la persona que consta como propietario del auto. Las multas y recargos por estos temas también entran en la remisión. ¿Cuál es el plazo para acogerse a la remisión? ​ Hasta el 28 de diciembre del 2018. ¿Cómo accedo a la remisión? ​ No es necesario ir a las oficinas de la ANT. Los conductores tienen la información cargada en la página web de la Agencia Nacional de Tránsito: www.ant.gob.ec. En esta página se puede ingresar al enlace Remisión, que detalla los pasos a seguir. El conductor puede consultar los valores de infracciones y matriculación a pagar y el monto de multas y recargos que le serán condonados. ¿Cómo hago el pago? ​ Luego de consultar los valores en la web de la ANT, los conductores pueden acudir a las agencias bancarias de Banco Pacífico y Servipagos y cancelar con la respectiva condonación. Se debe llenar un formulario, que está disponible en la web de la ANT. Ese formulario debe ser subido a la web de la ANT, que confirmará la recepción del documento. ¿Se puede pagar con tarjeta de crédito? ​ No. El pago se debe hacer en efectivo. ¿Qué pasa si un vehículo no ha sido matriculado porque el auto está dañado o en la mecánica? Aunque no se use el carro, el conductor está en la obligación de cumplir con la matriculación vehicular, por lo que si no se hace está sujeto a recargos. El conductor es responsable de ese vehículo, así esté dañado. Si es imposible movilizar el auto, el conductor debe presentar un documento certificado de que el auto no está circulando para evitar estos recargos. ¿Qué pasa si las multas se generaron por un error de un agente de tránsito? ​ La Ley Orgánica de Transporte Terrestre señala que el conductor tiene tres días hábiles para hacer la recusación de esta contravención y es importante que se esté revisando la página web de la ANT. Se puede abrir incluso un proceso penal a la autoridad que levante una contravención sin las pruebas necesarias. La denuncia se pone ante el Juez de Tránsito.

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